lunes, 18 de febrero de 2019

PARA ACCEDER A UN VEHICULO: CONTRATO DE COMPRAVENTA O DE MANDATO


Advertimos a quienes pretendan comprar un vehículo (sobre todo a personas del interior que quieren comprar vía internet, ya que la mayoría de los casos que atendimos con esta problemática tienen esa característica) que es una práctica habitual que cuando reserven el vehículo paguen una determinada suma y firmen un contrato de mandato por el cual encomiendan a la Concesionaria la compra del mismo. Este contrato de mandato no es lo que los compradores creen firmar, porque están convencidos de haber firmado un contrato de compra-venta (la cantidad de cláusulas la mayoría de las veces hace desistir de su lectura Y firman algo que no es lo que pretenden firmar)
La Concesionaria no tiene la obligación de la entrega del vehículo sino de realizar el mandato, lo que en el 100 % de los casos que conozco no llega a buen puerto.
Después comienzan a dar vueltas y no entregar el vehículo hasta que el comprador verifica lo que firmó y allí comienzan las penurias para tratar de recuperar lo entregado. Existen casos que han pagado el 100 % de un vehículo (siempre cautivan los precios más acomodados) y hasta entregan la unidad usada como parte de pago.
Por eso advertimos, debido a la reiterada cantidad de casos que aparecen con esta modalidad, que nunca está de más –sino que es casi indispensable- asesoramiento profesional y lectura exhaustiva de lo que se firma.

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